Escribe: Anónimo
La ley antitabaco señala que los espacios cerrados de uso y acceso público se declaran libres de humo: estará prohibido fumar en ellos. Se entiende por espacio cerrado todo lugar que se encuentre cubierto por un techo y cerrado entre paredes. Esta ley se aplicará a restaurantes, discotecas, bares, casinos, entre otros. Además, se obliga a estos lugares a que pongan un anuncio donde diga prohibido fumar. Igualmente las empresas de cigarros están obligadas de cubrir el 50% de su envoltura con imágenes alusivas al daño a la salud ocasionado por el consumo de dicho producto. El objetivo principal de esta norma es la prohibición de fumar en lugares públicos y la generación de incentivos a no fumar para así proteger a los no fumadores de sufrir daños a la salud y así tratar de reducir las externalidades ocasionadas por esta actividad.
En el 2010, la Dirección General de Salud Ambiental informó que el 60% de los locales públicos inspeccionados en Miraflores y Barranco incumplen la ley que prohíbe el consumo de tabaco. Asimismo, esta institución también señaló que, en el 2011, el 32% de locales de Lima Metropolitana sí respetó la norma y el 68% la incumplió. El 2012, en cambio, reportó que el 44% de las discotecas y casinos no cumplen la norma; la mayoría de centros comerciales tampoco la cumplieron según el MINSA. Ni las municipalidades tienen ordenanzas para poder aplicarla, solo el 8% de ellas dispone de estas. Toda esta evidencia indica claramente que la ley no se está cumpliendo pues la mayoría de los lugares públicos y municipalidades hacen caso omiso a esta normativa.
Si la prohibición no funciona ¿habrá otra manera de resolver este problema? La alternativa menos costosa y más eficiente es la asociada al libre mercado y a los derechos de propiedad; la discusión de si se debe prohibir fumar se reduce a conocer quién tiene el derecho sobre el aire. La ley que prohíbe fumar en lugares públicos claramente otorga a los no fumadores dicho derecho. En cambio, bajo un enfoque de libre mercado el propietario del establecimiento será el que determine la asignación adecuada de los derechos del aire dentro de su espacio. Este puede optar por dar los derechos a los clientes fumadores (permitiéndoles fumar), a los no fumadores (prohibiendo que se fume), o tratar de acomodar a ambos mediante la designación de algunas partes del establecimiento para no fumadores y otras en las que se permita fumar. El laissez faire, entre otras cosas, permitiría crear lugares exclusivos para fumadores, si un no fumador decide ir a un lugar como este por sus ventajas, conociendo que el daño en la salud que podría sufrir, no se le podría prohibir el ingreso porque claramente se violaría la libertad contractual y los principios de la eficiencia económica.
En resumen, la manera en que se puede solucionar el problema de los fumadores y no fumadores es otorgando a las empresas los derechos sobre el aire. Un claro ejemplo sobre esto son los cines, nadie prende un cigarro en un cine. Sin duda, los derechos de propiedad y la libertad contractual proveen soluciones más efectivas que las reglas burocráticas en la satisfacción de preferencias y haciendo las elecciones individuales más compatibles.
Como dice mi profesora favorita, un economista siempre piensa en función de incentivos como mecanismo de solución... y aunque las empresas tengan el derecho de propiedad, tienen incentivos para maximizar el bienestar social y regular el cigarro en sus lugares locales?
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